El Aborto: Un Derecho Absoluto
El Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha
emitido su dictamen en Webster vs.
Servicios de Salud Reproductiva. Este es el caso en el que se solicitó al
Tribunal – por parte del Procurador General de los Estados Unidos, entre otros
– que anulase Roe vs. Wade, la
decisión de 1973 del Tribunal Supremo declarando que una mujer tiene un derecho
protegido constitucionalmente de decidir abortar un feto y así terminar su
embarazo. Para poder llegar a un consenso, el Tribunal se vio obligado a
reconsiderar el anular a Roe vs. Wade.
Sin embargo, se desprende de la opinión de la mayoría y las opiniones opuestas
que, si la situación cierta fuese llevada ante el Tribunal, es muy probable que
Roe vs. Wade sea revocada. ¿Es Roe vs. Wade correcta? ¿Incorrecta?
Roe vs. Wade
es correcta en su resultado, pero peligrosamente incorrecta en su razonamiento.
Roe vs. Wade es correcta en su
conclusión de que un feto no tiene derechos y que una mujer tiene el derecho a determinar
si procede o no abortar su embarazo. Pero Roe
vs. Wade es incorrecta en la medida en que considera que "los
intereses del Estado" justifican la injerencia en el derecho de la mujer y
que, cuando el Estado así lo desee, puede comandar su cuerpo ya sea en su
supuesto beneficio o en el beneficio de un feto.
En unas 37 páginas de discusión sobre las
cuestiones de fondo en Roe vs. Wade,
el Tribunal le dedicó apenas tres páginas a la discusión del tema fundamental:
la naturaleza del derecho al aborto. Se le prestó mucha más atención a cómo y
cuándo este derecho puede y debe limitarse para adecuarse al "interés del
estado" en la salud de la mujer y en la potencial vida humana. En base a
tales "intereses", el Tribunal decidió que el Estado puede regular el
aborto durante el embarazo para proteger la salud de la mujer y, en general,
prohibir el aborto cuando el feto se haga "viable". Al tomar esta
decisión, el Tribunal se adhirió a una teoría que ha prevalecido en la
legislación de los Estados Unidos durante la mayor parte del siglo XX: los
derechos no son absolutos y deben ser "compensados" (es decir,
invadidos por) los "intereses" del Estado. En Roe vs. Wade, el Tribunal concluyó que en el momento de la
viabilidad fetal, los "intereses del Estado" en la vida potencial superan el
derecho de la mujer a controlar su propio cuerpo.
Ninguno de los Jueces, en sus opiniones en Webster, estén a favor o en contra del
aborto, se opuso a la "compensación". De hecho, el Juez Blackmun
declaró en su opinión contraria que Roe
vs. Wade "de forma justa, razonable y efectiva, actúa para
salvaguardar las libertades constitucionales de las mujeres embarazadas mientras
reconoce y mantiene los intereses del Estado en la potencial vida humana".
Mientras se asuma que los derechos pueden ser revocados por los "intereses
del estado", la única cuestión no es si se reducirá, sino cuánto se reducirá el derecho en
cuestión.
El aborto es un derecho, y todos los derechos son
absolutos y no pueden ser "compensados" hasta desaparecer. Como Ayn
Rand explicó: "Un derecho es un principio moral que define y sanciona la
libertad de acción de un hombre en un contexto social". La norma moral a ser
aplicada, demostró Ayn Rand, es que la vida del hombre y lo que "la
naturaleza del hombre requiere para su supervivencia adecuada". La
condición fundamental para la supervivencia del hombre – la libertad de
utilizar su facultad racional para mantener y disfrutar de su vida. Así, una
mujer embarazada, como cualquier otro individuo, tiene el derecho a determinar
su propio destino y el destino de su cuerpo, de elegir lo que constituye su
propio interés y su felicidad privada, y trabajar para conseguirlos, siempre y
cuando respete los mismos derechos en los demás.
Estos derechos, y todos los derechos, son
absolutos por su naturaleza. No puede ser correcto negociar con principios
morales. No puede ser correcto permitirle a un hombre sólo una parte de la
libertad que él requiere por su naturaleza.
¿Y qué pasa con el feto? ¿Tiene derechos que deben
ser respetados? El concepto de derechos se basa en la naturaleza del hombre y
presupone la existencia de un ser humano real, completamente formado y separado
físicamente. Los fetos y los embriones no son seres humanos reales, son seres
humanos potenciales. Ellos no tienen derechos hasta que existen fuera de la madre,
es decir, al nacer. Esto no significa tolerar la moralidad de atrasar arbitrariamente un aborto hasta los últimos
meses de embarazo – cuando el feto se aproxima de ser humano. Pero la función
de la ley es proteger los derechos – no dictar las cuestiones morales que no
implican ninguna violación de los derechos.
La única
función propia del gobierno es proteger los derechos absolutos del hombre
contra la violación por parte de otros hombres. Ningún gobierno, ningún Estado,
ningún colectivo tiene ningún "interés" que esté en conflicto con
ninguno de los derechos de un individuo, tales como el interés paternalista en
la "salud materna". Nuestra Constitución fue redactada en reconocimiento de
estos principios. Fue diseñada, no como un fuero de los poderes del gobierno,
sino como una protección contra el
poder del gobierno, es decir, contra la invasión de los derechos individuales
por el gobierno. Por esta razón, la Constitución enumera los poderes limitados
del gobierno, pero no enumera (como dejó claro la Novena Enmienda) todos los
derechos individuales.
Estos son los principios que deberían ser
formulados en Webster. Si Roe vs. Wade
vuelve a ser revisada, el Tribunal Supremo debe propugnar el aborto como un
derecho que no puede ser violentado ni mitigado.
Mientras el derecho a
abortar pueda ser revocado por los “intereses del estado”, una mujer no tiene
el derecho a hacer lo que quiera con su cuerpo.
29 de octubre de 2002
Por: Los ejecutivos de la Asociación para una Ley
Objetiva